segunda-feira, 22 de novembro de 2010

DEFINIÇÃO DE GÊNERO, DIVERSIDADE CULTURAL E IGUALDADE


La clave del éxito y del progreso

El género
El género se define como « la organización social de la relación entre los sexos (Scott, 1988). Esta organización incluye tanto las instituciones de poder y de socialización (la escuela, el Estado, la familia, el mercado laboral, el sistema político, los medios de comunicación, el lenguaje) como las representaciones sociales que, en el sentido común, asignan al sexo significados socioculturales » (Roux, 2000:6).
El género no es un concepto inmutable, al contrario, éste sigue un dinamismo y una evolución de apertura al cambio. La perspectiva de género tiene el mérito de dar a conocer las desigualdades sociales entre las mujeres y los hombres, pero éstas no pueden ser eliminadas a menos que se elaboren y apliquen medidas de igualdad entre los sexos.
La igualdad
Según el diccionario María Moliner, la igualdad es una cualidad de igual. « Equidad ». Circunstancia de ser tratadas de la misma manera las personas de todas las categorías sociales.
El enfoque integrado de la igualdad entre los sexos
El enfoque integrado de la igualdad entre los sexos (Gender mainstreaming) es « un proceso que consiste en establecer las consecuencias para las mujeres y para los hombres de un programa o de un proyecto en todos los ámbitos y a todos los niveles. Es una estrategia destinada a tener en cuenta las preocupaciones y las experiencias tanto de las mujeres como de los hombres en las fases de planificación, de puesta en práctica, de control y de evaluación de las políticas y de los programas en las esferas políticas, económicas y sociales de tal modo que las mujeres y los hombres se beneficien de manera igualitaria y que la desigualdad no se perpetúe. El objetivo final consiste en promover la igualdad entre las mujeres y los hombres » (UN, Economics and Social Council, E/1997/L.30).

La distinción entre la perspectiva de género y el enfoque integrado de la igualdad se manifiesta por el hecho de que el género toma en consideración y presta atención a las diferencias entre hombres y mujeres en cualquier actividad o ámbito en el marco de una política mientras que el enfoque integrado de la igualdad viene a completarlo con el objetivo de lograr la igualdad entre los hombres y las mujeres.

• Observaciones :
« (...) la dimensión hombre-mujer es una diferencia estructural que afecta a toda la población. Ni las mujeres ni los hombres deberían ser tratados como un grupo de interés particular entre otros.
Al contrario, el « género » afecta, y a menudo refuerza incluso, las diferencias y las vulnerabilidades en función de otras diferencias estructurales como la raza, la etnia, la clase, la edad, la minusvalía, la orientación sexual, etc. » (Comisión Europea, 1998:7).
La diversidad
En referencia a los seres humanos, la diversidad es un concepto que se refiere a la cualidad de ser diferente pero en ningún caso, inferior o superior. Así, la diversidad hace alusión a la amplia gama de diferencias visibles y no visibles que caracterizan a los hombres y a las mujeres. Algunas de estas cualidades incluyen la edad, la raza, el color, la nacionalidad, el origen étnico o nacional, el sexo, la minusvalía, la orientación sexual, el estado matrimonial o parental, la religión, la creencia política o la clase socioeconómica.
La diversidad cultural
La diversidad cultural contiene otros conceptos como por ejemplo, el patrimonio de la humanidad, la creatividad o el desarrollo. Así pues, la definición que la GDIAC ha adoptado se refiere a los 11 principios de la Declaración Universal de la UNESCO sobre la diversidad cultural:
Art.1. La diversidad cultural, patrimonio común de la humanidad
Art.2. De la diversidad cultural al pluralismo cultural
Art.3. La diversidad cultural, factor de desarrollo
Art.4. Los derechos humanos, garantes de la diversidad cultural
Art.5. Los derechos culturales, marco propicio de la diversidad cultural
Art.6. Hacia una diversidad cultural accesible a todos
Art.7. El patrimonio cultural, fuente de la creatividad
Art.8. Los bienes y servicios culturales, mercancías distintas de las demás
Art.9. Las políticas culturales, catalizadoras de la creatividad
Art.10. Reforzar las capacidades de creación y de difusión a escala mundial
Art.11. Establecer relaciones de asociación entre el sector público, el sector privado y la sociedad civil

FONTE:http://www.gdeca.org/definiciones.html
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